lunes, 15 de diciembre de 2014

¿ES NECESARIA UNA SENTENCIA DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO PARA OPONERSE A UNA REIVINDICACIÓN?

POST NUEVO:
RESUMEN
Se pretende determinar si es necesaria una sentencia de prescripción adquisitiva de dominio –que declara como propietario al poseedor de mala fe, transcurrido el plazo de diez años- para oponerse ante un eventual proceso de reivindicación, cuya acción es imprescriptible, que conllevaría a la vulneración del derecho de defensa del poseedor de mala fe. Debemos advertir que nuestro cometido solo está referido a los bienes inmuebles y a la posesión con mala fe.

SUMARIO

I) INTRODUCCIÓN; II) DEL DERECHO A LA PROPIEDAD Y LA ACCIÓN REIVINDICATORIA, a) DE LA SEGURIDAD JURÍDICA, b) DE LA ACCIÓN REIVINDICATORIA; III) DE LA POSESIÓN, a) DEFINICIÓN, b) ADQUISICIÓN DE LA POSESIÓN, c) CLASES DE POSESIÓN; IV) DECLARACIÓN JUDICIAL DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, a) DE LA PROCEDENCIA, b) ¿IMPOSIBILIDAD DE RECONVENCIÓN Y VULNERACIÓN DEL DERECHO DE DEFENSA DEL POSEEDOR DE MALA FE?; V) A MANERA DE CONCLUSIÓN; VI) BIBLIOGRAFÍA

INTRODUCCIÓN

La propiedad es un derecho fundamental reconocido, expresamente, en la constitución, el código civil y diversas leyes y reglamentos de nuestro ordenamiento jurídico. Más específicamente el código civil en su artículo 923° lo define como “el poder jurídico que permite usar, disfrutar, disponer y reivindicar un bien…”.

Contrario sensu establece el código civil la adquisición de la propiedad vía prescripción que se contrapone a lo establecida también, acción reivindicatoria, esta acción es de carácter imprescriptible; de ahí surge bastantes interrogantes, como, ¿Qué sucede cuando una persona posee un bien ajeno, con mala fe, y transcurridos diez años no recurre ante el órgano jurisdiccional, para que se le declare propietario? ¿Es una puerta abierta para que el propietario, primigenio, ejerza la acción reivindicatoria? ¿O el solo hecho de haber ejercido posesión sobre el bien le faculta para que se oponga ante un eventual proceso de reivindicación? Nuestra intención es dar respuesta a cada una de las interrogantes formuladas. CONTINÚE AQUÍ...